Tarifas eléctricas para empresas en España: cómo funcionan la 3.0TD y la 6.1TD

Tarifas eléctricas para empresas en España: cómo funcionan la 3.0TD y la 6.1TD

Desde 2021, las empresas españolas conviven con un sistema de tarifas eléctricas que cambió por completo la forma de calcular la factura de la luz. Aquella reforma, impulsada por la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), sigue siendo hoy la base del sistema tarifario, aunque los precios de peajes y cargos se revisan cada año. Entender cómo funciona sigue siendo clave para cualquier empresa que quiera controlar su gasto energético.

Una tarifa eléctrica es, en esencia, la estructura de precios que se aplica al consumo y a la potencia contratada de un negocio. No se trata solo de cuánta energía gastas, sino de cuándo la gastas y cuánta potencia tienes contratada en cada momento del día. Desde la reforma de 2021, el componente variable de la factura pesa mucho más que antes, lo que significa que dos empresas con el mismo consumo total pueden acabar pagando cifras muy distintas según cómo repartan ese consumo a lo largo del día y del año.

La reforma sustituyó la antigua tarifa 3.0A por la 3.0TD, aplicable a los consumidores de baja tensión con una potencia contratada superior a 15 kW (la gran mayoría de pymes, oficinas, comercios y locales). El cambio más relevante fue pasar de un sistema de tres periodos horarios (valle, llano y punta) a uno de seis periodos, tanto en energía como en potencia. Para los grandes consumidores de alta tensión, con potencia superior a 451 kW, la antigua tarifa 3.1A se transformó en la 6.1TD, manteniendo también el esquema de seis periodos.

En la práctica, esto significa que el precio de la electricidad varía según el periodo del día, el mes del año y la zona geográfica (península, Baleares o Canarias), yendo de P1 (el más caro) a P6 (el más barato). Los tramos y meses exactos pueden variar en revisiones normativas, así que conviene consultar cada año el calendario de periodos vigente, disponible en la web de la CNMC o a través de tu comercializadora, en lugar de dar por buena una tabla antigua.

Otro elemento que sigue condicionando la factura de cualquier empresa es el criterio de potencia creciente. La normativa obliga a que la potencia contratada en cada periodo sea igual o superior a la del periodo anterior, siguiendo la regla P1 ≤ P2 ≤ P3 ≤ P4 ≤ P5 ≤ P6. Si una empresa no revisa y renegocia sus potencias por periodo tras el cambio de sistema, es habitual que termine con una potencia mucho más alta de la que realmente necesita en varios tramos, lo que se traduce en un sobrecoste evitable. Conviene recordar que solo se puede modificar la potencia contratada de forma gratuita una vez al año, así que merece la pena estudiar bien cada caso antes de mover cualquier cifra.

Las penalizaciones por exceso de potencia también cambiaron con la reforma y siguen aplicándose hoy. Las empresas con una potencia contratada de entre 15 y 50 kW (pequeños comercios, oficinas, comunidades de propietarios) mantienen el sistema de penalización por maxímetro. Sin embargo, las que tienen entre 50 y 450 kW (hoteles, centros comerciales, universidades, naves industriales medianas) pasaron a un sistema de penalización por cuarto horario, igual que los consumidores de alta tensión: se mide el consumo cada quince minutos y, si la media de ese cuarto de hora supera la potencia contratada para ese periodo, se aplica la penalización correspondiente. Este sistema, combinado con un buen sistema de monitorización energética, permite detectar con precisión en qué momentos se está superando la potencia contratada y actuar antes de que se traduzca en sobrecoste.

La energía reactiva inductiva también sigue penalizándose cuando supera el 33% de la energía activa consumida, y esa penalización se aplica en los periodos P1 a P5. Es un aspecto que muchas empresas pasan por alto y que puede corregirse con equipos de compensación de reactiva relativamente sencillos.

Un punto importante para 2026: los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución, así como los cargos que se suman a la factura, se actualizan cada año mediante resolución de la CNMC y orden ministerial. Para este año, los valores vigentes desde el 1 de enero de 2026 quedaron fijados por la Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC (BOE-A-2025-26348) en lo relativo a peajes, y por la Orden TED/1524/2025 en lo relativo a cargos. Esto quiere decir que, aunque la estructura de periodos y el criterio de potencia creciente se mantienen estables, los precios concretos de cada periodo cambian todos los años, por lo que conviene revisar la resolución vigente antes de tomar decisiones sobre potencia contratada.

Más allá de la parte normativa, hay medidas de sentido común que ayudan a cualquier empresa a reducir su factura eléctrica: aprovechar al máximo la luz natural en lugar de encender innecesariamente la iluminación artificial, invertir en un buen aislamiento térmico del local (lo que se ahorra después en climatización compensa con creces la inversión inicial), controlar el aire acondicionado y la calefacción con temporizadores para evitar olvidos, y desconectar por completo los equipos que quedan en stand by, que siguen consumiendo aunque parezcan apagados.

Saber cuánto y cuándo consume tu empresa es el primer paso para tomar decisiones informadas sobre potencia contratada y periodos tarifarios. Contar con una plataforma que monitorice el consumo en tiempo real, detecte desviaciones y ayude a anticipar el comportamiento energético antes de que se refleje en la factura marca la diferencia entre sufrir la reforma tarifaria y aprovecharla a tu favor. Si quieres entender mejor cómo se comporta el consumo de tu empresa antes de renegociar potencias, hablar con un especialista en gestión energética es un buen punto de partida.